PROPIETARIOS NO SE PODRAN NEGAR ARRENDAR INMUEBLES CON MASCOTAS .

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 Inquilinios tendran mes restricciones para tomar en arriendo una vivienda en Colombia

Más del 40%  colombianos estan viviendo en arriendo, la convivencia entre propietarios e inquilinos ha sido tema de especial interés.

Segun la legislación colombiana ha establecido claras directrices en cuanto a la tenencia de mascotas en propiedades horizontales, protegiendo los derechos de los inquilinos.

muchos arrendatarios se han enfrentado a dificultades al buscar alquiler debido a las restricciones impuestas por algunos propietarios en relación con la tenencia de mascotas.

Según la Sentencia T-035 de la Corte Constitucional emitida en 1997, es completamente legal tener animales en propiedad horizontal, siempre y cuando se cumplan ciertos compromisos para evitar perjuicios a los vecinos.

La legislación colombiana establece que los propietarios no pueden negarse a arrendar ni retener documentos de los inquilinos basándose en la presencia de mascotas en la propiedad. Además, no tienen el derecho de cobrar montos adicionales al canon de arrendamiento mensual por esta razón.

La Ley 675 de 2001 impone obligaciones a los dueños de mascotas en propiedades horizontales, como el manejo adecuado de la contaminación auditiva, olfativa y de desechos causados por los animales. En el caso de perros considerados 'peligrosos' o con condiciones especiales, los acudientes deben asegurar su correcto comportamiento; de lo contrario, podrían enfrentar multas económicas.
Para garantizar una convivencia armoniosa, se recomienda que tanto arrendador como arrendatario acuerden normas básicas de convivencia al momento de la firma del contrato de arrendamiento. Estos acuerdos pueden incluir pautas sobre el cuidado de las mascotas, el respeto a áreas comunes y la solución de posibles conflictos.



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