
El artículo 140 del Código de Policía sanciona el "promover o facilitar" la ocupación del espacio público. El alto tribunal aclarará si estos verbos equivalen a consumir productos de vendedores informales.
Este martes, el tercer punto de discusión en la Sala Plena de la Corte
Constitucional es un tema que causó gran controversia hace unos meses: el
artículo del Código de Policía con el que han sancionado a varios ciudadanos
por comprarles productos a vendedores informales. La discusión comenzó como una
anécdota de Stiven Claros, un joven estudiante de Bogotá a quien la Policía
multó en febrero de este año por comprar una empanada en la calle. Pero el tema
trascendió a una discusión jurídica, como informó este diario, por una demanda
del profesor Alejandro Badillo.
las organizaciones sociales y universidades, que abogan porque la
Corte aclare que imponer multas a quien compre algún producto en la calle sí es
inconstitucional. La Unión General de Trabajadores de la Economía Informal, por
ejemplo, está totalmente alineada con la postura del profesor Badillo y, además
de pedirle a la Corte que tumbe la interpretación que está haciendo la Policía
del artículo, le solicitan que envíe un exhorto al Congreso para que “diseñe e
implemente una regulación normativa destinada a la protección del espacio
público (…) que garantice la efectiva realización de los derechos de los
ciudadanos que ejercen el oficio de venta informal”
El asunto está, por ahora, en manos del
magistrado Alberto Rojas Ríos, quien debe presentarle una ponencia a sus
compañeros de Sala este martes. Si su postura convence a los demás magistrados,
la conclusión podría conocerse esta misma semana. Si, por el contrario, no es
aceptada por sus colegas, deberá presentar una nueva ponencia y el debate se
tardaría más tiempo.