JEP pone en marcha las sanciones contra el antiguo Secretariado de las Farc: reparación, restricciones y una deuda pendiente con las víctimas

Luz Marina cadena
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) comenzó formalmente la ejecución de las sanciones impuestas a siete antiguos integrantes del Secretariado de las Farc por su responsabilidad en la política de secuestros y graves privaciones de la libertad investigadas en el Caso 01. La decisión reactiva una discusión que sigue abierta en Colombia: ¿hasta dónde una justicia restaurativa puede responder de manera suficiente frente a crímenes que dejaron miles de víctimas?

Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda deberán cumplir sanciones que oscilan entre cinco y ocho años. No se trata de penas de prisión. El modelo establecido por la JEP contempla restricciones de movilidad, permanencia en lugares determinados, monitoreo electrónico y jornadas de trabajo restaurativo de lunes a viernes.

El punto más sensible: la ausencia de cárcel

El aspecto que probablemente generará mayor controversia es que los responsables no serán enviados a prisión. La JEP apuesta por un modelo en el que la sanción se materialice mediante obras destinadas a beneficiar a comunidades afectadas por el conflicto.

El plan contempla 79 actividades en distintas regiones, entre ellas búsqueda de personas desaparecidas, desminado humanitario, construcción y adecuación de vías, proyectos ambientales, vivienda, infraestructura educativa y acciones de memoria. El programa está proyectado hasta 2034.

Desde una perspectiva restaurativa, el modelo busca que la sanción tenga un efecto directo sobre los territorios y las víctimas. Sin embargo, queda una pregunta difícil de evitar: ¿cómo medir si estas actividades representan una reparación proporcional al daño causado?

La discusión no debería reducirse a comparar años de cárcel con años de trabajo comunitario. El verdadero desafío está en establecer si las sanciones consiguen tres objetivos concretos: reconocer el daño, reparar efectivamente a las víctimas y garantizar que los responsables cumplan de manera verificable con lo ordenado.

Una dimensión que no puede perderse de vista

La magnitud del Caso 01 explica parte de la complejidad del proceso. La JEP ha documentado 21.396 hechos victimizantes relacionados con secuestros y graves privaciones de la libertad atribuidos a las Farc. La jurisdicción determinó que estas prácticas respondieron a diferentes objetivos de la organización, entre ellos financiación, presión para intercambios de prisioneros y control territorial y social.

Por eso, la ejecución de las sanciones no puede convertirse simplemente en una agenda de obras públicas con participación de antiguos comandantes. El componente central debería seguir siendo la reparación de quienes fueron secuestrados, de sus familias y de quienes todavía buscan a sus seres queridos.

También existen cuestionamientos jurídicos

Los propios exintegrantes del Secretariado cuestionaron la sentencia y presentaron recursos contra varios de sus componentes. Entre sus argumentos estuvieron las críticas a la responsabilidad atribuida por su posición dentro de la estructura guerrillera, la utilización del monitoreo electrónico y la proporcionalidad de determinadas obligaciones.

Esto resulta relevante porque demuestra que la discusión jurídica no terminó con la primera sentencia. La JEP dejó en firme en 2026 las condenas contra los siete antiguos integrantes del Secretariado, después de estudiar los recursos presentados.

La verdadera prueba comienza ahora

El anuncio de las sanciones es importante, pero su éxito dependerá de la ejecución. Será necesario verificar que los trabajos se realicen efectivamente, que los recursos públicos destinados al programa sean transparentes, que exista seguimiento independiente y que las víctimas tengan una participación real en la definición de las actividades.

También será fundamental evitar que las sanciones se conviertan en un escenario meramente simbólico. Una justicia restaurativa necesita resultados visibles y comprobables. Si las obras no se ejecutan adecuadamente o las víctimas no perciben una reparación significativa, aumentará la percepción de que la respuesta institucional quedó por debajo de la gravedad de los hechos.

Conclusión

La decisión de la JEP abre una nueva etapa del Caso 01, pero no cierra el debate sobre justicia y reparación en Colombia.

El reto no consiste únicamente en sancionar a siete antiguos comandantes. Consiste en demostrar que un modelo de justicia restaurativa puede producir consecuencias reales frente a crímenes de enorme gravedad y, al mismo tiempo, poner a las víctimas en el centro del proceso.

La medida podrá evaluarse realmente no por el número de actividades programadas, sino por lo que ocurra en los territorios: cuántas víctimas sean reparadas, cuántas personas desaparecidas puedan ser encontradas, qué obras se entreguen y qué nivel de cumplimiento tengan los sancionados.

Ese será el verdadero examen para la JEP.


LumacastereoNoticias 

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