El presidente Gustavo Petro sancionó este miércoles 15 de mayo una nueva legislación que regula el uso de vapeadores en Colombia.
Este esfuerzo tiene como objetivo proteger la salud pública, especialmente la de los menores de edad. La ley prohíbe la venta directa o indirecta de cigarrillos electrónicos y vapeadores a menores en todo el territorio nacional.
La Ley Antitabaco 2.0 es una modificación de la ley antitabaco 1335 de 2009. Esta ley está diseñada para adaptarse al uso emergente de dispositivos de vapeo y sistemas electrónicos de administración de nicotina. Con esta actualización, estos dispositivos ahora están sujetos a las mismas regulaciones que los productos de tabaco tradicionales.
Uno de los principales cambios es que estará prohibida la venta a menores de edad y el consumo en espacios cerrados. Además, los empaques de estos productos deberán tener imágenes y frases alertando sobre los riesgos de su uso. Estas advertencias son similares a las que tienen los cigarrillos tradicionales, como “Fumar causa enfermedad cardiovascular”, “Fumar envejece” o “Fumar causa impotencia sexual”.
La ley busca “contribuir a garantizar los derechos a la salud de los habitantes del territorio nacional. Especialmente la de los menores de 18 años de edad y la población no fumadora”. Regula el consumo, venta, publicidad y promoción de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento. Entre estos se encuentran los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), Productos de Tabaco Calentado (PTC) y Productos de Nicotina Oral (PNO), entre otros”, dice el documento.
Las empresas que comercializan este tipo de productos tendrán un plazo de un año para vender el inventario de productos que no cuentan con este etiquetado. Para el 9 de mayo de 2025, deberán comercializar solo empaques con estas advertencias.
La ley ya se encuentra vigente. Los Ministerios de Salud, Comercio y Educación deberán trabajar en las campañas educativas. También deberán desincentivar comercialmente estos productos y vigilar su cumplimiento.
Este esfuerzo tiene como objetivo proteger la salud pública, especialmente la de los menores de edad. La ley prohíbe la venta directa o indirecta de cigarrillos electrónicos y vapeadores a menores en todo el territorio nacional.
La Ley Antitabaco 2.0 es una modificación de la ley antitabaco 1335 de 2009. Esta ley está diseñada para adaptarse al uso emergente de dispositivos de vapeo y sistemas electrónicos de administración de nicotina. Con esta actualización, estos dispositivos ahora están sujetos a las mismas regulaciones que los productos de tabaco tradicionales.
Uno de los principales cambios es que estará prohibida la venta a menores de edad y el consumo en espacios cerrados. Además, los empaques de estos productos deberán tener imágenes y frases alertando sobre los riesgos de su uso. Estas advertencias son similares a las que tienen los cigarrillos tradicionales, como “Fumar causa enfermedad cardiovascular”, “Fumar envejece” o “Fumar causa impotencia sexual”.
La ley busca “contribuir a garantizar los derechos a la salud de los habitantes del territorio nacional. Especialmente la de los menores de 18 años de edad y la población no fumadora”. Regula el consumo, venta, publicidad y promoción de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento. Entre estos se encuentran los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), Productos de Tabaco Calentado (PTC) y Productos de Nicotina Oral (PNO), entre otros”, dice el documento.
Las empresas que comercializan este tipo de productos tendrán un plazo de un año para vender el inventario de productos que no cuentan con este etiquetado. Para el 9 de mayo de 2025, deberán comercializar solo empaques con estas advertencias.
La ley ya se encuentra vigente. Los Ministerios de Salud, Comercio y Educación deberán trabajar en las campañas educativas. También deberán desincentivar comercialmente estos productos y vigilar su cumplimiento.
Apoyo legislativo y social
Cabe recordar que esta ley fue impulsada por los senadores Norma Hurtado y José David Name y las organizaciones Red Papaz y Fundación Anáas. El documento contempla la creación de programas de salud y educación con los que esperan disminuir el consumo y la dependencia del tabaco y la nicotina.
Cabe recordar que esta ley fue impulsada por los senadores Norma Hurtado y José David Name y las organizaciones Red Papaz y Fundación Anáas. El documento contempla la creación de programas de salud y educación con los que esperan disminuir el consumo y la dependencia del tabaco y la nicotina.