El Plan Nacional de Desarrollo (PND) tiene varios artículos polémicos que modificarán al país significativamente. Si bien aborda temas tributarios, de subsidios, sociales, entre otros, el articulado tiene apartados específicos que le dan ciertas facultades, a determinadas instituciones, para realizar labores y funciones que antes no podía. Una de ellas es la Policía Nacional. En caso de aprobarse, la institución podrá generar e imponer órdenes de comparendo en municipios o vías que no cuenten con autoridades de tránsito.
En la Sección III del PND se expone la “coordinación de los instrumentos de planificación de territorios vitales”, un breve capitulo que hace referencia al control de y campo de acción por parte de la fuerza pública.
Para el tema de los comparendos el Artículo 26, titulado “Protección de la vida y la integridad personal”, en caso de aprobarse, le daría a la Policía Nacional facultades para imponer comparendos, labor que solo pueden hacer los organismos de tránsito.
Según el apartado, la institución hará las veces de autoridad de tránsito, por lo que podrá imponer órdenes de comparendo si ve que los conductores comenten infracciones, especialmente revisando quienes evadan el pago del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT):
“Sin perjuicio de las competencias que a las autoridades de tránsito le corresponden, la Policía Nacional coadyuvará los esfuerzos para la protección de la vida y la integridad personal de los actores del tránsito y para el efecto, a través de personal adscrito a la Jefatura Nacional del Servicio de Policía, tendrá la competencia para detectar infracciones e imponer ordenes de comparendo en relación con las conductas con directo impacto en la seguridad vial y especialmente, la circulación sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de tránsito -SOAT que se cometan en las vías departamentales y en los municipios donde, de acuerdo con la certificación que expida la Superintendencia de Transporte, no existan o no tengan cobertura los cuerpos operativos de control de los organismo de tránsito”, detalla el PND.
Adicionalmente se desplegarán más ayudas tecnológicas para detectar a aquellos evasores del SOAT. Esta labor estará a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), acompañada por la Federación Colombiana de Municipios. Según el articulado, todas las entidades territoriales deberán contar con esas herramientas, y los parámetros para su implementación serán expedidos por el Ministerio de Transporte.
La mitad de lo que se recaude en multas de tránsito irá para la nación
El Artículo 26 asegura que cuando se efectúen las notificaciones de comparendo, además del desarrollo de estos procesos estará ejecutado por cada una de las entidades territoriales, no obstante, el 50% de las multas serán de la nación, quiere decir que la mitad de lo que se recaude entrarán a las arcas del Estado.
“El proceso contravencional corresponderá adelantarlo a la autoridad de tránsito de la jurisdicción donde se cometió la infracción, con el apoyo de los organismos de tránsito departamentales, cuando a ello haya lugar. El 50% de las multas que se impongan en virtud de lo previsto en el presente artículo serán propiedad de la Nación, sin perjuicio de lo previsto por el Código Nacional de Tránsito”, señalan en el documento.
FUENTE: INFOBAE