Si, por el contrario, usted ya tiene el pasaporte, pero se le venció antes de viajar, tenga en cuenta que éste debe ser actualizado para poder emprender su viaje.
¿Cómo sacar el pasaporte en Colombia?
Para hacerlo solo tiene que seguir los siguientes pasos:
1. Ingrese a la página de la Cancillería de Colombia y completa el formulario de registro, elija la oficina correspondiente a su departamento de residencia en donde reclamará el pasaporte una vez esté listo.
2. Una vez realice la cita virtual, debe dirigirse a una de las oficinas de pasaportes personalmente para presentar los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
3. Presentar en físico su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).
Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:
- Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional, la cual debe tener foto y huella, copia simple del registro civil de nacimiento expedido por el notario, registrador o cónsul.
- Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella.
- No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía
- Presentar pasaporte anterior, si lo tiene. En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante solo deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
Una vez concluya este trámite, podrá reclamar el documento 24 horas después, si fue en Bogotá; 48 horas después, en caso de que lo haya hecho en alguna de las gobernaciones autorizadas y si se realizó en los consulados, el plazo será de ocho días hábiles.
Si usted quiere renovar el pasaporte debe pedir la cita virtual y poner en el formulario la opción de 'renovación'.
¿Cuánto cuesta?
El pasaporte tiene un costo de $169.000 si es regular, y de $259.000 si es ejecutivo. La diferencia entre los dos tipos de pasaporte radica en que el ordinario tiene 32 páginas y el ejecutivo cuenta con 48. En ambos casos el documento tiene una vigencia de 10 años.
El pago debe ser el mismo día que se realiza la solicitud. Las formas de pago para el trámite son:
- Efectivo - Banco GNB Sudameris
- PSE
- Cajeros Servibanca de la ciudad.
- Datáfono, se aceptan tarjetas débito y crédito excepto American Express
Si usted está fuera de Bogotá, a los valores antes mencionados se les debe sumar el impuesto departamental. (Valor que debe consultar con la Gobernación correspondiente).
Si usted va a renovar el documento, el valor será el mismo.
¡OJO! Tenga en cuenta que si usted participó en las últimas votaciones y cuenta con su certificado electoral, tendrá un descuento del 10% en el valor de la expedición, sin embargo, este beneficio solo se puede aplicar durante los cuatro años siguientes a la votación y por una sola vez.
Si el trámite lo va a realizar un menor de edad, estos son los requisitos:
- El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas). Si estos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente:
- Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres del menor haya fallecido.
- Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero, ante notario público o juez. En el exterior ante el Consulado, o en el exterior donde no exista Consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado según sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que éste adelante el trámite en compañía del menor.
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico, para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes, tanto el menor como el acompañante, para que personalmente se haga la presentación de los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el notario, registrador o cónsul, según el caso:
- Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.