En el artículo se destaca que “Los siguientes comportamientos afectan la relación entre las personas y las autoridades y por lo tanto no deben realizarse. Su realización dará lugar a medidas correctivas: (…) 3. Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía".
En tal caso si una persona se niegue a dar su número de cédula, no ponga sus huellas digitales en alguna identificación biométrica, poner resistencia alguna en el reconocimiento de su identidad, entre otras conductas, se le impondrá una medida correctiva.
Esta medida puede conllevar a una multa tipo 4, la cual equivale a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes, exactamente el equivalente a 936.320 pesos.