De acuerdo con el ente acusador, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla declaró penalmente responsable a Mancuso por delitos cometidos entre 2002 y 2006, cuando ejercía como jefe de estructuras paramilitares en la región.
Según la Fiscalía, las pruebas presentadas permitieron establecer que Mancuso, junto con otros cabecillas y hombres bajo su mando, así como integrantes de un grupo armado autodenominado de contrainsurgencia Wayúu, participaron en homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, hechos de violencia basada en género y otras conductas ilícitas contra comunidades indígenas.
La sentencia reconoce como sujetos de reparación colectiva a las comunidades indígenas wayúu de Carraipia, Majayura y Malaki, en el municipio de Uribia, así como a la comunidad de Matitas, en Riohacha, al considerar que fueron víctimas directas y reiteradas del accionar paramilitar.
Por estos hechos, Mancuso fue condenado a una pena de 40 años de prisión, al pago de una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo periodo.
No obstante, en aplicación de los beneficios contemplados en la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), el fallo establece una pena alternativa de ocho años de prisión, condicionada al cumplimiento de las obligaciones de verdad, reparación y no repetición.
La Fiscalía indicó que la decisión se fundamenta en los compromisos asumidos por Mancuso dentro del proceso de Justicia y Paz y en el análisis integral de los hechos acreditados durante el juicio.
Redaccion: Lumacastereo

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