El 20 de diciembre de 2024 es el plazo máximo para que los empleadores colombianos paguen la prima de servicios, una prestación obligatoria que equivale a 15 días de salario por cada semestre trabajado y debe entregarse en junio y diciembre. Este pago es esencial para garantizar un entorno laboral conforme a la ley y mejorar la calidad de vida de los empleados.
Consecuencias por incumplimiento
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Intereses de mora:
- Los empleadores deben abonar la prima adeudada más los intereses correspondientes desde la fecha de vencimiento.
- La tasa de interés se calcula según la normativa vigente, y los retrasos pueden resultar en indemnizaciones de un día de salario por cada día de mora.
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Sanciones administrativas:
- El Ministerio de Trabajo puede imponer multas entre 26 y 131.565 UVT, equivalentes a montos entre $1.237.730 y $6.187.400.225, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y la cantidad de trabajadores afectados.
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Demandas laborales:
- Los empleados pueden iniciar procesos legales para exigir el pago de la prima, los intereses y, en ciertos casos, compensaciones adicionales.
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Impacto en la reputación empresarial:
- El incumplimiento afecta la confianza de los empleados, dificulta la atracción de talento y deteriora la imagen corporativa.
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Cierre o sellamiento de la empresa:
- En casos graves o recurrentes, el Ministerio de Trabajo puede sellar o clausurar definitivamente la empresa.
Prevención de sanciones
- Planificación financiera: Incluir el pago de la prima en los presupuestos anuales.
- Cálculo preciso: Garantizar la correcta liquidación según el salario base y otros factores legales.
- Asesoría legal: Buscar orientación profesional para cumplir con las normativas laborales.
El cumplimiento de esta obligación no solo evita sanciones legales, sino que también fomenta un entorno laboral respetuoso y equitativo, fortaleciendo la relación entre empleadores y empleados y contribuyendo al dinamismo económico del país.


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